Calculadora ISR mensual 2026
Respuesta rápida: el ISR de tu sueldo se calcula con la tarifa mensual del artículo 96 de la Ley del ISR, que para 2026 el SAT publicó en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal (DOF 28/12/2025). Ubicas tu ingreso gravable en la tabla, restas el límite inferior, aplicas el porcentaje al excedente y sumas la cuota fija. Si tu ingreso mensual no pasa de $11,492.66, se resta el subsidio para el empleo (15.02% de la UMA mensual, unos $535.65).
Calcula el ISR de tu sueldo
Tarifa ISR mensual 2026
Estos son los renglones de la tarifa aplicable a los pagos provisionales mensuales (art. 96 LISR), tal como aparecen en el Anexo 8 de la RMF 2026:
| Límite inferior | Límite superior | Cuota fija | % sobre excedente |
|---|---|---|---|
| $0.01 | $844.59 | $0.00 | 1.92% |
| $844.60 | $7,168.51 | $16.22 | 6.40% |
| $7,168.52 | $12,598.02 | $420.95 | 10.88% |
| $12,598.03 | $14,644.64 | $1,011.68 | 16.00% |
| $14,644.65 | $17,533.64 | $1,339.14 | 17.92% |
| $17,533.65 | $35,362.83 | $1,856.84 | 21.36% |
| $35,362.84 | $55,736.68 | $5,665.16 | 23.52% |
| $55,736.69 | $106,410.50 | $10,457.09 | 30.00% |
| $106,410.51 | $141,880.66 | $25,659.23 | 32.00% |
| $141,880.67 | $425,641.99 | $37,009.69 | 34.00% |
| $425,642.00 | En adelante | $133,488.54 | 35.00% |
Cómo calcular el ISR de tu sueldo paso a paso
- Suma tus ingresos gravables del mes (sueldo y demás percepciones que no estén exentas).
- Busca el renglón de la tarifa donde cae esa cantidad.
- Resta el límite inferior: obtienes el excedente.
- Multiplica el excedente por el porcentaje del renglón.
- Suma la cuota fija: ese es el ISR según tarifa.
- Si tu ingreso mensual no excede $11,492.66, resta el subsidio para el empleo ($3,566.22 × 15.02% ≈ $535.65 de febrero a diciembre de 2026).
Ejemplos
Sueldo de $15,000 al mes
Cae en el renglón que inicia en $14,644.65. Excedente: $15,000 − $14,644.65 = $355.35. Impuesto marginal: $355.35 × 17.92% = $63.68. ISR: $63.68 + $1,339.14 = $1,402.82. Como supera $11,492.66, no hay subsidio. Ingreso después de ISR: $13,597.18 (tasa efectiva ≈ 9.35%).
Sueldo de $9,000 al mes
Renglón desde $7,168.52. Excedente: $1,831.48 × 10.88% = $199.27. ISR según tarifa: $199.27 + $420.95 = $620.22. Se resta el subsidio de $535.65: retención estimada de $84.57.
¿Y el aguinaldo?
El aguinaldo está exento de ISR hasta 30 UMA ($3,519.30 en 2026); solo el excedente se suma a tus ingresos gravables. Calcula cuánto te toca en la calculadora de aguinaldo 2026. Si terminas tu relación laboral, revisa también la calculadora de finiquito.
Preguntas frecuentes
¿Qué tabla de ISR se usa en 2026?
La tarifa del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el DOF el 28 de diciembre de 2025. Para sueldos mensuales se usa la tarifa del artículo 96 de la Ley del ISR.
¿Cuánto es el subsidio para el empleo en 2026?
El 15.02% de la UMA mensual, para ingresos mensuales de hasta $11,492.66. Con la UMA vigente desde el 1 de febrero de 2026 ($3,566.22) son unos $535.65; en enero se aplicó 15.59% de la UMA 2025.
¿El ISR se calcula sobre el sueldo bruto o neto?
Sobre el ingreso gravable del periodo, es decir, el sueldo bruto y demás percepciones gravadas, sin restar las partes exentas que la ley permite (por ejemplo, la parte exenta del aguinaldo).
¿Por qué mi recibo de nómina muestra otro ISR?
Tu patrón puede pagar por quincena o semana y usar las tarifas de esos periodos, incluir percepciones adicionales o hacer ajustes. Esta calculadora es una estimación mensual.
¿Qué es la tasa efectiva?
Es el ISR dividido entre tu ingreso. Siempre es menor que el porcentaje del renglón porque este solo se aplica al excedente.
Fuentes y metodología
- SAT, Anexo 8 de la RMF 2026 (DOF 28/12/2025), tarifa B.V mensual. Consultado el 2 de noviembre de 2026.
- DOF, Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo (DOF 31/12/2025).
- INEGI, valor de la UMA 2026: $117.31 diario, $3,566.22 mensual.
- Ley del Impuesto sobre la Renta, artículo 96.
Más herramientas: Calculadora de aguinaldo · Calculadora de finiquito · ¿Cuándo se paga el aguinaldo?
No sustituye la asesoría fiscal. Para tu caso concreto, consulta al SAT o a PRODECON.
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